Por: Jorge Francisco Moncada
El pasado lunes 17 de agosto se publicó en la Gaceta Oficial el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, que entre otros cambios incluye diversos ordenamientos para la circulación y uso de motocicletas en la Ciudad de México.
Las disposiciones del nuevo reglamento, que tiene por objetivo regular la circulación de peatones y vehículos en la vía pública, así como garantizar la seguridad vial en la capital del país, son por lo tanto aplicables a peatones, conductores, pasajeros y propietarios de cualquier tipo de vehículo matriculado en el país o el extranjero y que circule en el territorio del Distrito Federal.
El ordenamiento establece normas respecto de movimientos y estacionamiento, en observancia a lo establecido en leyes, reglamentos, acuerdos, decretos y normatividad local vigente, así como maniobras de ascenso y descenso de pasajeros o de carga y descarga.
De igual forma, determina las condiciones legales y de seguridad a las que se deben ajustar los vehículos y sus conductores para su circulación.
Entre otros principios rectores, la aplicación del nuevo reglamento debe considerar que “la circulación en condiciones de seguridad vial es un derecho, por lo que todas las autoridades en el ámbito de su competencia deben adoptar medidas para garantizar la protección de la vida e integridad física de las personas, sobre todo de los usuarios vulnerables de la vía; la circulación en la vía pública debe efectuarse con cortesía, por lo que los ciudadanos deben observar un trato respetuoso hacia el resto de los usuarios de la vía, así como a los agentes y personal de apoyo vial; “se evitará la colocación de objetos que representen un obstáculo a la circulación de vehículos y tránsito de peatones;“se dará prioridad en la utilización del espacio vial de acuerdo a la siguiente jerarquía: a) Peatones; en especial personas con discapacidad y movilidad limitada; b) Ciclistas; c) Usuarios del servicio de transporte público de pasajeros; d) Prestadores del servicio de transporte público de pasajeros; e) Prestadores del servicio de transporte de carga y distribución de mercancías y f) Usuarios de transporte particular automotor y motociclistas”.
Motocicletas
En este sentido, para todo motociclista que circule por la Ciudad de México resulta indispensable saber que, en resumen, el nuevo Reglamento de Tránsito entre otros puntos ordena para las motocicletas lo siguiente:
Deberán utilizar un carril completo o rebasar por el lado izquierdo; de lo contrario, alcanzarán una multa de 699 pesos.
Por circular en la ciclovía obtendrán una penalización de dos mil, 97 pesos.
En todo momento deberán circular con las luces traseras y delanteras encendidas; de lo contrario, tendrán una sanción de 699 pesos.
No podrán exceder el número de personas para las que exista plaza disponible; si no, tendrán una multa de mil 398 pesos.
El conductor y su pasajero deberán portar el casco de seguridad o alcanzarán una pena de mil 398 pesos y la unidad será remitida al corralón (puedes ver además otros ordenamientos en la infografía que acompaña a esta nota).
Pero no todo son penalizaciones y como medida de seguridad para los motociclistas el reglamento prevé que los automovilistas deben respetar las áreas de espera para bicicletas y motocicletas marcadas sobre el pavimento en las intersecciones de vías que tengan semáforos, lo que permitirá a los conductores de estos vehículos aguardar la luz verde del semáforo en una posición adelantada, de tal forma que sean visibles a los conductores del resto de los vehículos.
Consulta el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal para que puedas cumplir con tus obligaciones y/o exigir tus derechos a partir de que entre en vigor, el 15 de diciembre próximo.