TODO SOBRE LA CONSULTA DE REVOCACIÓN DE MANDATO

Fecha del ejercicio; horarios; ubicación de lugares para participar; cuál es la pregunta que se formulará; efectos legales del resultado; origen del proceso; qué sigue.

Antonio Caporal
Nacional
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El próximo 10 de abril los 92.8 millones de ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores tendrán derecho a participar en la consulta sobre revocación de mandato del presidente de la República a través del voto libre, universal, directo y secreto.

Para ello el Instituto Nacional Electoral (INE) instalará más de 57 mil casillas en las 32 entidades del país, en las que casi 300 mil ciudadanos (nuestros vecinos, amigos y familiares, tal como ocurre en las elecciones) contarán los votos.

Como bien sabemos, para que el resultado de la consulta sea vinculatorio es necesario que participe 40% de los inscritos en la Lista Nominal, esto es, alrededor de 37.1 millones de personas.

Democracia participativa

Fue el 5 de noviembre de 2019 cuando el Congreso de la Unión aprobó la reforma a diversos artículos de la Constitución en materia de consulta popular y revocación de mandato.

En lo que se refiere a la consulta sobre revocación de mandato del presidente de la República se estableció que esta será convocada por el INE a petición de la ciudadanía en número equivalente a por lo menos 3% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores.

Para regular la organización de dicho mecanismo de participación ciudadana el Congreso de la Unión aprobó el 3 de septiembre de 2021 la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Cabe recordar que impulsar la organización de una consulta con voto libre, universal y directo para poder remover de su cargo al presidente de la República fue una de las propuestas que promovió Andrés Manuel López Obrador como candidato en la campaña de 2018.

¿Qué es la revocación de mandato?

La Ley Federal de Revocación de Mandato establece que este instrumento de participación ciudadana “tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto de la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible”.

Ahora bien, el inicio del proceso de revocación de mandato “solamente procede a petición de los ciudadanos (no partidos políticos, autoridades ni legisladores) y en un número equivalente, al menos, a 3% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores, con una dispersión regional representativa de por lo menos 17 entidades de la República”.

Se trata de un procedimiento de votación libre, universal, directa y secreta que podrá ser solicitado en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de mandato del presidente de la República. Los ciudadanos recabarán las firmas durante el mes previo a la solicitud.

Como bien sabemos, en diciembre de 2021 un grupo de dos millones 845 mil 634 ciudadanos solicitaron al Instituto Nacional Electoral que llevará a cabo dicha consulta, entregando en tiempo y forma la solicitud correspondiente acompañada de igual número de “apoyos ciudadanos” (firmas).

El organismo electoral verificó el cumplimiento de los requisitos y en febrero pasado emitió la convocatoria al proceso para la revocación de mandato. El instituto fijó como fecha para la celebración de la consulta el domingo 10 de abril.

Asimismo, la ley establece que para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá participar al menos 40% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores (37.1 millones).

La remoción del titular del Ejecutivo federal solo procederá por mayoría absoluta, es decir, más de 50% de los participantes.

El texto de la ley indica que el INE tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación, además de emitir los resultados, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Señala que el Tribunal Electoral realizará el cómputo final del proceso de revocación de mandato una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto. En su caso, emitirá la declaratoria de revocación.

La ley establece también que en el supuesto de haberse revocado el mandato al presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión (Cámara de Diputados). Añade que dentro de los 30 días siguientes el Legislativo nombrará a quien concluirá el periodo constitucional.

Todo listo

El Instituto Nacional Electoral informó que el 14 de marzo sus 300 consejos distritales en el país difundieron en los lugares públicos más concurridos de cada distrito electoral, así como en los estados, las redes sociales y en algunos casos a través de encartes en medios de comunicación impresos, los listados con la ubicación de las casillas que se instalarán para el ejercicio de revocación de mandato.

Del 29 de marzo al 3 de abril los consejos distritales deberán realizar la segunda publicación y difusión de la lista de ubicación de mesas directivas de casilla de la revocación de mandato en los sitios ya mencionados.

El instituto precisó que se instalarán 57 mil 516 casillas: 24 mil 487 básicas, 32 mil 729 contiguas y 300 especiales.

Asimismo, el 28 de marzo el INE puso a disposición de la ciudadanía el sistema oficial de búsqueda de casillas Ubica tu Casilla: https://ubicatucasilla.ine.mx el cual está dentro del portal del instituto: ine.mx.

El sistema Ubica tu Casilla funciona a partir de consultar información contenida en la credencial para votar. Solo es necesario ubicar la sección electoral y a partir de ese dato se conocerá la ubicación de la casilla a la que deberá acudir el ciudadano, orientando además sobre los lugares en los que se instalarán las casillas especiales para aquellas personas que se encuentren fuera de su lugar de residencia el día de la jornada de la consulta sobre revocación de mandato.

Recomienda el INE acudir a las fuentes (redes sociales y página de internet) con las que cuenta el instituto para tener información oficial.

Asimismo, el instituto informó que requiere de 287 mil ciudadanos para operar las 57 mil 516 casillas el próximo 10 de abril y ya tiene incluso a disposición más de los necesarios: más de medio millón de personas.

Por otro lado, el 23 de marzo el Consejo General del INE declaró que la Lista Nominal de Electores que se utilizará para el proceso de consulta sobre revocación de mandato del presidente de la República es válida y definitiva.

La lista está integrada por 92 millones 823 mil 216 ciudadanos, incluyendo los 17 mil 792 registros de mexicanos residentes en el extranjero.

Aclaró el instituto que esta cifra es la base para calcular aquel 40% que el artículo 35 constitucional establece como porcentaje para que los resultados de dicho ejercicio sean vinculantes.

El organismo explicó que todo aquel ciudadano que se apuntó en la Lista Nominal de Electores hasta el 15 de febrero y recogió su credencial al 2 de marzo, podrá participar con toda libertad en la revocación si así lo decide, pero si alguien se apuntó después de la fecha de corte, es decir, si tramitó su credencial el 16 de febrero o después, ya no será parte del listado nominal del 10 de abril; lo mismo si no fue por su credencial a más tardar el 2 de marzo, tal como el propio organismo lo informó desde un principio.

Al respecto el instituto explicó que opera de la misma forma en todos los procesos electorales, con el objetivo de brindar certeza: “Se marcan las fechas límite y a partir de estas se generan las condiciones para construir la Lista Nominal de Electores”.

Otro dato importante es que el 16 de marzo el INE comenzó con la distribución a todo el país de las papeletas electorales para la consulta de revocación de mandato.

Dichas papeletas se llevarán a las oficinas del INE en los 300 distritos electorales y de ahí se distribuirán a los funcionarios de casilla entre el 4 y el 8 de abril.

Se trata de 315 mil papeletas por cada uno de los 300 distritos, es decir, 94.5 millones de ellas: “Las medidas de seguridad que tendrán las papeletas incluyen microimpresión, impresión invertida, impresión sustituta, imagen latente e impresión invisible, medidas con las cuales es posible garantizar su autenticidad y que sean absolutamente infalsificables”.

El horario de la jornada de la consulta será de 8:00 de la mañana a 6:00 de la tarde hora local, es decir, considerando los tres diferentes husos horarios con que cuenta el país.

De acuerdo con la Ley Federal de Revocación de Mandato la papeleta tendrá la siguiente pregunta:

“¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”

Y la misma papeleta contendrá dos espacios para que la gente elija:

1) Que se le revoque el mandato por pérdida de confianza.

2) Que siga en la Presidencia de la República.

Mecanismos de participación

Al impartir la conferencia magistral Democracia y mecanismos de participación ciudadana, Yanina Welp, investigadora del Centro de Estudios para la Democracia, de Suiza, aseguró que “los mecanismos de participación ciudadana son muy necesarios, pero deben servir como una forma de llamar la atención de la clase política sobre ciertos temas, o sea, para salir de una democracia elitista”.

La especialista en temas políticos se refirió al primer proceso sobre revocación de mandato en México y recalcó que “la revocatoria es una válvula de escape, un mecanismo de seguridad para remover autoridades”.

Abundó: “La revocación de mandato es como las mascarillas de oxígeno de los aviones: es bueno que exista, es necesario que se pueda activar si es requerida, es deseable no necesitarla nunca; y es mejor no jugar con ella”.

Al momento en que se aprobó la reforma para incorporar en la Constitución el mecanismo para la revocación de mandato, varios de los legisladores se pronunciaron a favor de ella.

El senador Óscar Ramírez manifestó que con esta reforma “se impulsará la democracia participativa”. Y añadió: “Se acabaron aquellos momentos en los que los ciudadanos, hartos de un gobernante, tenían que esperar nuevamente un proceso electoral para renovar sus esperanzas”.

Ricardo Monreal Ávila, coordinador de Morena en el Senado, aseveró que la revocación de mandato “es un instrumento político de la ciudadanía para ejercer sus derechos”.

Miguel Ángel Osorio Chong, senador del PRI, sostuvo que “no se debe caer en la tentación de utilizarla para terminar un mandato de forma anticipada o para extender su duración más allá de las reglas establecidas; debe ser solución y no problema para brindar salidas institucionales ante escenarios extremos donde exista una crisis de legitimidad”.