La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), resolvió declarar improcedente la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, canales de televisión pública del Estado, así como del partido político Morena, por la difusión de las conferencias presidenciales matutinas en las entidades de Coahuila e Hidalgo.
Con relación a la propaganda gubernamental, la Comisión señaló que la misma no se acredita, ya que no se identificó la transmisión de las llamadas “mañaneras” del Presidente de la República de forma íntegra o ininterrumpida en Coahuila o en Hidalgo. Además, en ambas entidades federativas, en las que transcurren las campañas políticas locales a partir del pasado 5 de septiembre, no se han dejado de transmitir los promocionales que corresponden a los partidos políticos.
Los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE indicaron que, de haberse identificado la difusión íntegra de los ejercicios de comunicación política del Presidente de la República en concesionarios de radio y televisión en Coahuila e Hidalgo o si se hubiera dejado de transmitir en la hora señalada algún spot de los partidos políticos, entonces sí habría procedido la medida cautelar en congruencia con los criterios que ha fijado el Instituto en la materia.
Respecto a la promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos, se determinó que no se puede ordenar la cancelación o suspensión de las conferencias matutinas, pues de un análisis preliminar y bajo la apariencia de buen derecho, no se advierten elementos que exalten o resalten las cualidades o atributos personales del Presidente de la República que pudieran incidir en los procesos electorales locales en curso.
La decisión de la Comisión se adoptó por unanimidad de votos de las Consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como del Consejero Ciro Murayama.