Piden cárcel por despojo de inmuebles a mayores de 60 años

Impulsan iniciativa para condenar a 10 años de prisión

Antonio Caporal
Nacional
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Cámara de Diputados

Para imponer pena de seis a diez años de prisión y de quinientas a dos mil Unidades de Medida y Actualización, cuando el delito de despojo de inmuebles se cometa en contra de personas mayores de sesenta años de edad o personas con discapacidad, el diputado José Luis Montalvo Luna impulsa iniciativa que adiciona un artículo 395 Bis al Código Penal Federal.
También, cuando se simulen actos de ejercicio de autoridad, se utilicen documentos falsos por personas que busquen acreditar la propiedad del inmueble para hacer posesión del mismo, y cuando un servidor público autorizado para tratar datos personales de los ciudadanos participe de la comisión de un crimen en materia de despojo.
En el documento, enviado a la Comisión de Justicia, Montalvo Luna expone que el artículo 395 del Código Penal Federal ya tipifica el delito de despojo de inmuebles, pero es evidente que las disposiciones actuales deben ajustarse a la realidad social, pues la inclusión de las mencionadas agravantes permitirá una mayor eficacia en la persecución de este delito y en la protección del patrimonio de las y los mexicanos.
Advierte que el delito de despojo de inmuebles ha mostrado un alarmante incremento, como lo demuestran las denuncias presentadas en los últimos años. Este fenómeno ha sido impulsado por diversos factores, entre los que destacan la conformación de redes delictivas dedicadas a la apropiación ilegal de inmuebles, con el propósito de obtener importantes beneficios económicos.
Menciona que dichas redes aprovechan la limitada oferta de vivienda nueva en el país, lo que facilita la venta de inmuebles obtenidos ilícitamente agravando la situación. Además, el despojo de inmuebles se comete cada vez con mayor violencia mediante la acción de grupos organizados que se dedican a desalojar a personas de sus propiedades.
Estos grupos suelen aprovechar vacíos en la regularización de tierras o la vulnerabilidad de aquellos que, aun contando con escrituras públicas, son víctimas de intimidación y violencia, situación que exige la actualización de la legislación penal para sancionar más severamente tales conductas, enfatiza.