Interponen controversia contra Decreto que modificó LGIPE

Acuerdo del Pleno del INE

Antonio Caporal
Nacional
ine consejo.jpg
INE

En sesión extraordinaria, el pleno aprobó instruir a la Secretaría Ejecutiva (SE) interponer una Controversia Constitucional en contra de la reforma a los artículos 45, párrafo 1, incisos e) y p) y 48, párrafo 1, inciso b) del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2024.

Cabe mencionar que el artículo 45 de la LGIPE, párrafo 1, incisos e) y p), establece que corresponde a la Presidencia del Consejo General “proponer al Consejo General el nombramiento del Secretario Ejecutivo” y “designar a los directores ejecutivos y demás titulares de unidades técnicas del Instituto”, respectivamente.

Además, el artículo 48, párrafo 1, inciso b) señala que la Junta General Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez al mes y tiene entre sus atribuciones: “aprobar los acuerdos correspondientes para la coordinación y ejecución de las actividades administrativas, técnicas, operativas del Instituto y de coordinación de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas, relacionadas para la organización de las elecciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como para el funcionamiento ordinario del Instituto”.

El acuerdo aprobado instruye a la SE para que el 8 de noviembre de 2024 presente el proyecto de demanda de controversia constitucional a las consejerías integrantes del Consejo General, para su análisis y validación.

Las Consejerías podrán realizar comentarios hasta el 13 de noviembre y la Secretaría Ejecutiva, con auxilio de la Dirección Jurídica, deberá realizar las acciones necesarias para atender los comentarios y observaciones realizadas por las Consejerías Electorales que tengan como objetivo mejorar y fortalecer la argumentación contenida en el proyecto de demanda de controversia constitucional.

La controversia constitucional deberá ser interpuesta a más tardar el 19 de noviembre del año en curso. El documento aprobado señala que, al promover la controversia constitucional en contra de los artículos mencionados, se solicite de manera urgente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la suspensión de la aplicación de dichos preceptos normativos.