Ginebra, Suiza, 25 de mayo. Los países miembro de Naciones Unidas concluyeron un nuevo tratado que ayudará a garantizar que el saber popular sobre los recursos genéticos, como los medicamentos derivados de plantas exóticas de los Andes, se rastree de forma adecuada.
Es la primera vez que los 193 miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual de la ONU (OMPI) llegan a un acuerdo sobre la protección mediante patentes de los conocimientos históricos de las culturas indígenas, que durante mucho tiempo han sido explotados por colonos y comerciantes, entre otros.
El tratado, por ejemplo, exigirá que las empresas de industrias como la moda, los artículos de lujo y la farmacéutica especifiquen el origen de los químicos de origen vegetal en los medicamentos o cremas para la piel que utilizan para sus productos innovadores. Alrededor de 30 países ya tienen normas similares en sus registros nacionales.
El tratado no aborda el tema escabroso de la compensación a las comunidades indígenas por su experiencia histórica —e incluso ancestral— sobre productos extraídos de recursos como plantas tropicales.
Sin embargo, el pacto es considerado como un primer paso importante. Exige que los solicitantes de patentes, como empresarios extranjeros o empresas internacionales, especifiquen de dónde sacaron las ideas sobre lo que contienen sus productos, especialmente las aportaciones obtenidas del saber popular de pueblos indígenas o locales.
Daren Tang, director general de la OMPI, elogió el logro “histórico” —el primer tratado de la OMPI en más de una década— y dijo que los delegados en una conferencia final celebrada durante las últimas dos semanas “trascendieron las categorías de Norte y Sur”.
El tratado sobre Propiedad Intelectual, Recursos Genéticos y Saber Popular Asociado de la OMPI, alcanzado por consenso tras más de dos décadas de trabajo, entrará en vigor luego de que 15 países lo adopten.
El acuerdo se centra en recursos genéticos como las plantas medicinales, los cultivos y algunas razas animales, y no tiene carácter retroactivo.
Las normas de la OMPI no permiten proteger la propiedad intelectual de los recursos naturales o genéticos en sí, pero sí ayudan a proteger las invenciones, realizadas por personas, que ponen esos recursos al servicio de la humanidad, ya sea histórica o recientemente.