La decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre la sobrerrepresentación legislativa será quizá la más importante desde su fundación en 1996. Hay argumentos legales de los dos lados: o para dar a los partidos del gobierno una sobrerrepresentación que rebase las dos terceras partes en la Cámara de Diputados y llegue a solo un par de escaños de esa mayoría en el Senado, o para negar de tajo esa posibilidad. El futuro del país depende de este fallo.
Si el gobierno obtiene la facultad de modificar la Constitución a discreción, sin prestar atención a las posturas de la oposición, habrá un cambio de fondo en el régimen liberal democrático que el país ha tenido desde el fin de los tiempos del viejo PRI.
El expresidente Felipe Calderón lo expresó el 26 de junio en el Foro Atlántico de la Fundación Internacional para la Libertad de Mario Vargas Llosa: con la mayoría calificada de Morena y sus aliados, que permitirá la reforma judicial del presidente López Obrador, se consumará “la muerte anunciada de la República tal como la conocemos”.
Pero, ¿por qué digo que hay buenos argumentos de los dos lados? Porque el gobierno y sus representantes tienen razón cuando dicen que el “texto literal” del artículo 54 de la Constitución y el 15 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señalan que el límite de 300 diputados o de 8% de sobrerrepresentación se aplica a los partidos políticos en lo individual, no a una coalición, por lo que los tres partidos del gobierno pueden sumar sus topes para tener más de 300 diputados y una sobrerrepresentación de 20 puntos porcentuales.
También es cierto, sin embargo, que hay una tesis de jurisprudencia de 1998 de la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJN), que tuvo como ponente a la entonces ministra, hoy senadora, Olga Sánchez Cordero, que establecía que la interpretación del artículo constitucional y la ley no debía limitarse al “texto literal” sino extenderse “a los fines y objetivos que se persiguen con el principio de representación proporcional y al valor de pluralismo político que tutela”.
Interpretaciones
Lo curioso del caso es que la posición que defendió la ministra, la de tutelar el pluralismo político, la estaba exigiendo el Partido de la Revolución Democrática (PRD), entonces presidido por Andrés Manuel López Obrador.
¿Cuál será ahora la decisión del Tribunal Electoral? Nadie lo sabe. Si ya se hubiera llevado a cabo la reforma judicial del presidente los jueces tendrían que obedecer lo que ordenara el gobierno. Pero los actuales magistrados fueron seleccionados todavía por su conocimiento de la ley y no por su inclinación hacia algún partido político. Pueden aceptar el texto literal de la Constitución y permitir que el gobierno tenga más de 300 diputados o 20 puntos de sobrerrepresentación; pero también validar la tesis de jurisprudencia de Sánchez Cordero y la posición que tenía López Obrador en 1998, con lo cual decidirían a favor del espíritu de una legislación que tutelaba el pluralismo político.
Eso es lo bueno de la independencia judicial, que permite esas distintas interpretaciones.
Lo que sí queda claro es que permitir que una sola alianza de partidos tenga nuevamente la capacidad de modificar discrecionalmente la Constitución, al grado de impulsar una reforma que acabaría con la independencia de los jueces, nos haría regresar a una era de partido hegemónico. Y no sabemos si duraría solo un sexenio o se extendería 70 años como el viejo PRI.