LA CALIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL

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ELECCIÓN PRESIDENCIAL

El proceso electoral 2024 está lejos de concluir con la jornada del 2 de junio. Más allá del número de votos que se emitan y quién sea la ganadora de acuerdo al cómputo y el recuento oficial que se dará la siguiente semana, es obligado que culminará hasta que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) lleve a cabo la calificación y, en consecuencia, emita la constancia correspondiente con la que se legitimará de manera irrevocable el resultado.

Lo que todo ciudadano debe tener claro es que se trata de la culminación de un proceso que se debe realizar independientemente de que haya o no impugnaciones sobre lo acontecido en la jornada electoral.

Sin embargo, al momento, lo que llama la atención es que la Sala Superior del TEPJF legalmente puede operar, pero enfrenta dos situaciones complicadas: en primer lugar, porque está incompleta y solo tiene cinco de los siete integrantes que deberían conformarla; y, por otra parte, los ministros que la integran están divididos y tienen entre sí algunas diferencias.

Ambas situaciones, en el fondo, podrían afectar sus deliberaciones, aun cuando podrían no dejar de tener validez y lo único que podría hacer ruido es que solo tiene al momento cinco integrantes.

Integración

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en su artículo 167 establece que la Sala Superior se integrará por siete magistrados o magistradas electorales y tendrá su sede en la Ciudad de México.

Bastará la presencia de cuatro magistrados o magistradas para que pueda sesionar válidamente. Y sus resoluciones se tomarán por unanimidad, mayoría calificada en los casos expresamente señalados en las leyes o mayoría simple de sus integrantes.

Las y los magistrados durarán en su encargo nueve años improrrogables; su elección será escalonada.

Por lo que hace a la calificación de la elección presidencial, señala que para hacer la declaración de validez y de presidenta o presidente electo o para declarar la nulidad de tal elección, la Sala Superior deberá sesionar con la presencia de por lo menos seis de sus integrantes.

Validez

En términos generales, a la Sala Superior del TEPJF le corresponde declarar la validez de la elección de presidente, lo que implica verificar que en todo momento se hayan cumplido los principios constitucionales y normas legales que lo rigen, así como que se hayan observado los valores fundamentales e indispensables para considerar una elección como libre, auténtica y democrática.

Calificar una elección significa examinar si los comicios se realizaron de conformidad con los principios rectores en la materia y con las formalidades del proceso electoral, con miras a constatar que no hay alguna deficiencia sustancial en la delegación de la autoridad estatal a los representantes del pueblo.

En el fondo lo verdaderamente importante es terminar de establecer la conformación de la Sala Superior del TEPJF para que llegado el momento de la calificación de la elección presidencial avance sin inconvenientes.

Ahora integran la Sala Superior Janine Otálora, Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Reyes Rodríguez. Esto porque desde el 1 de noviembre de 2023 la Sala Superior se quedó con cinco integrantes luego de que Indalfer Infante y José Luis Vargas concluyeron los periodos para los que fueron nombrados.

Para cubrir esas vacantes el Senado debería elegir de entre los candidatos propuestos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero al momento el proceso no ha concluido.

Insistimos: este es un tema que debe aclararse para que no se ponga en tela de juicio la calificación de la elección presidencial que por mandato legal debe realizar la Sala Superior del TEPJF.