Maestros ‘faltistas’ pueden ser despedidos a partir de hoy

Según la Ley del Servicio Profesional Docente, a partir de este miércoles 18 de septiembre los maestros que acumulen más de 3 faltas en el lapso de un mes, deberán ser despedidos.

Elidet Soto
Política
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Maestros antes de ser desalojados de la plancha del Zócalo
Foto: Elidet Soto

A partir de hoy, la SEP podrá despedir a todos los maestros que acumulen 3 faltas seguidas o discontinuas en sus lugares de trabajo.

Es decir que, si los maestros que se encuentran en el plantón del Monumento a la Revolución no regresan a dar clases hoy mismo, se aplicará el artículo 76 de la Ley del Servicio Profesional Docente .

Artículo 76. Con el propósito de asegurar la continuidad en el servicio educativo, el servidor público del sistema educativo nacional, el Personal Docente y el Personal con Funciones de Dirección o de Supervisión en la Educación Básica y Media Superior que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta días naturales, sin causa justificada será separado del servicio sin responsabilidad para la Autoridad Educativa o para el Organismo Descentralizado, y sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades federativas, aplicando para ello el procedimiento previsto en el artículo 75 de esta Ley.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho del interesado de impugnar la resolución respectiva ante las instancias jurisdiccionales que correspondan.

Sin embargo, aunque serán separados del cargo de manera automática, la ley establece un plazo de 10 días hábiles para que los docentes entreguen documentos que justifiquen su ausencia.

Posteriormente, la autoridad deberá resolver en 10 días hábiles si los justificantes proceden.

En caso de que el veredicto sea en perjuicio del docente, se podrá impugnar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

La Ley del Servicio Profesional Docente se publicó este 11 de septiembr e en el Diario Oficial de la Federación, y entró en vigor el 12 de este mismo mes.

De acuerdo al artículo 76, hoy miércoles se cumple el plazo de 3 días como máximo para faltar a las labores de docencia.